Legalización electrónica de libros de documentación contable para fundaciones

Nueva normativa sobre la legalización electrónica de libros de documentación contable, para las fundaciones de ámbito estatal.

El pasado día 14 de marzo se ha publicado la Orden JUS/221/2017, de 9 de marzo, sobre legalización en formato electrónico de los libros de fundaciones de competencia estatal, entrando en vigor al día siguiente.

En esta Orden se regula el funcionamiento para la legalización electrónica del Libro Diario, el Libro de Actas y el Libro de Planes de Actuación y de Cuentas Anuales.

Los libros de las fundaciones de competencia estatal deberán  de legalizarse por via electrónica a través del Registro de Fundaciones único dependiente del Ministerio de Justicia, a través de su sede electrónica.

El plazo para su legalización será dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio.

Este sistema asemeja el funcionamiento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal al del Registro Mercantil, y pese a que las Fundaciones necesitarán un plazo para aprender y adaptarse al nuevo sistema electrónico, redundará en su comodidad y economía.

Aunque este sistema será obligatorio para aquellos libros contables a partir del ejercicio 2017, se nos ha comunicado por el Registro de Fundaciones, que en breve podrá estar disponible para presentar aquellos

En OLMOS-ABOGADOS empezaremos a presentar por vía electrónica los libros de nuestros clientes, si bien pondremos a su disposición el servicio de encuadernado como accesorio para aquellos que deseen tenerlos en papel.